seguridad privada
Castigan a empresas de seguridad privada

La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) canceló el registro a 16 empresas de seguridad privada que operaban en el estado de Yucatán por no cumplir con lo establecido en la Ley.

Además, suspendió el registro de otra firma, señala el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.

De acuerdo con lo señalado en el periódico del Gobierno estatal, la dependencia también revalidó o refrendó el registro de 93 empresas que cumplen con lo establecido en la Ley para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada.

Dichas firmas son reguladas, desde el 2017, por la Secretaría de Seguridad Pública y no por la Fiscalía, como estaba antes.

Por lo tanto, deben cumplir con los requerimientos establecidos en la Ley; de desacatarlos, se hacen acreedoras a una suspensión o cancelación del registro.

Entre los requisitos que deben cumplir destaca el contar con mínimo de 20 empleados, con el material y equipo necesarios para realizar su labor, así como rendir informes.
En caso de sanciones éstas se deben publicar en el Diario Oficial de Yucatán.

El objetivo de estas revisiones es tener una mejor regulación de las empresas de seguridad privada, así como que colaboren de manera estrecha con la policía estatal, tengan personal capacitado que cumpla con los controles de confianza y con el perfil idóneo para desempeñar su labor.

Industria del transporte de carga creció en Yucatán un 30%.

LISTADO

En este tenor, la dependencia publicó un listado con las 16 empresas a las cuales les canceló el registro por “reincidencia al no presentar su informe mensual”.

Las empresas en cuestión son: Seghig, Dragones, Aryoda, Servicios de Inteligencia Privada, Multiproseg, Liproseg, Grupo Cero, Mamc La División Seguridad Privada, Ssumt, Sisec, Agencia Control Integral de Seguridad Privada.

También, Inter-Con, Enlaces Conectado Negocios, Mspv, Seicsa y Cuántica del Sureste.

Además, se suspendió por un mes el registro a la empresa Jesús Augusto Chan Noriega por “presentación de revalidación extemporánea”.

Síguenos en nuestras redes sociales ??

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *