Rechazan ampliar plazo para firmas para plebiscito en Seyé
El IEPAC determinó que no se aportaron elementos mínimos establecidos por ley.

Con cuatro votos a favor y tres en contra, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC) aprobó por mayoría no ampliar el plazo para recabar firmas de apoyo ciudadano para llevar a cabo un plebiscito en el municipio de Seyé

Ya que en la solicitud recibida no se menciona el acto o acuerdo que se pretendía someter a consulta, ni el número de personas interesadas.

Rechazan ampliar plazo para firmas para plebiscito en Seyé

Se determinó que, dentro del periodo de tiempo previamente acordado, el solicitante no aportó elementos mínimos establecidos en la Ley de Participación Ciudadana que regula el plebiscito, referéndum y la iniciativa popular en el Estado de Yucatán.

El artículo 29 de la mencionada norma establece que las personas interesadas en presentar la petición de plebiscito ante el instituto deben hacerlo dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir de la última publicación del catálogo

Salvo que se trate de políticas o actos del Ejecutivo del Estado con impacto en todo el territorio estatal, en cuyo caso el plazo será de 45 días naturales.

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La ley establece también que, parte de los requisitos para considerar admisible una solicitud de plebiscito incluye la presentación de un mínimo de firmas de habitantes de la localidad en cuestión que apoyen dicha solicitud

Así como mencionar el acto o acuerdo y los motivos por los cuales se considera se debe someter a consulta.

Durante la sesión realizada a distancia se manifestó que el derecho de petición del ciudadano fue atendido conforme a la norma, pero éste no estableció claramente para qué obra o acción sería la solicitud presentada

Por lo que considerar ampliar plazos sobre lo establecido en la Ley no contribuiría a la certeza de los procedimientos y mecanismos de participación ciudadana que establece la norma.

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Al no establecer alguna situación extraordinaria que en su municipio se estuviera presentando, y que impidiera o dificultara contar con el apoyo de firmas requeridas con base en la lista nominal de la localidad, no existieron elementos objetivos que pudieran incidir en el colegiado a considerar viable dicha ampliación de plazo.

/ALBERTO LUGO