ARTICLE 19 rechaza el uso indebido del derecho penal contra defensores ambientales. Estas personas juegan un papel esencial en la protección del medio ambiente y en la promoción de los derechos humanos.
Además, luchan contra prácticas que pueden dañar irreparablemente la naturaleza y a las comunidades locales.
Contexto de Santa María Chí
En un boletín de prensa, ARTICLE 19 detalló que Santa María Chí, una comunidad indígena maya en Mérida, Yucatán, enfrenta un grave conflicto ambiental desde el 3 de abril de 2023.
La “Granja Porcícola Santa María”, propiedad de Pecuaria Peninsular, opera a solo 15 metros de las viviendas de la comunidad.
Con aproximadamente 49,000 cerdos, la granja causa afectaciones serias al medio ambiente, al agua y a la salud de los pobladores.
Los olores intensos y la quema de estiércol han provocado enfermedades respiratorias, afectando especialmente a niños y ancianos, señala la agrupación que defiende la libertad de prensa.
🗣️ ARTICLE 19 rechaza el uso indebido del derecho penal y la criminalización hacia personas defensoras ambientales, como es el caso de Wilbert Alfonso Nahuat Puc en Yucatán.https://t.co/kEiUQxQcqE pic.twitter.com/hmAeTWvsWl
— ARTICLE 19 MX-CA (@article19mex) November 4, 2024
Demandas de amparo y acciones legales
Ante esta situación, la comunidad y su autoridad municipal, Wilbert Alfonso Nahuat Puc, presentaron demandas de amparo contra la granja.
Estas demandas buscan proteger los derechos a la salud, al agua y a un medio ambiente sano, así como asegurar la consulta indígena. La Jueza Silvia Elena Torres Cobá aceptó la demanda el 30 de noviembre de 2023, ordenando la suspensión de la introducción de más cerdos.
La criminalización de defensores ambientales
El 29 de mayo de 2024, la empresa presentó una denuncia penal contra Wilbert Alfonso Nahuat Puc, alegando despojo de propiedad debido a bloqueos y protestas el 14 de mayo de 2023. La audiencia para la imputación está programada para el 7 de noviembre de 2024. Este tipo de acciones refleja un patrón de criminalización hacia quienes defienden el medio ambiente.
Las protestas son fundamentales para que las comunidades expresen sus preocupaciones y demanden cambios. Estos derechos están protegidos por tratados internacionales, que establecen que las personas pueden manifestar pacíficamente sus opiniones sin temor a represalias. ARTICLE 19 enfatiza la necesidad de proteger a las personas defensoras de la criminalización y la represión.
ARTICLE 19 exige al gobierno federal y estatal que actúe para garantizar el derecho a la protesta y proteja a los defensores ambientales. Además, se pide a la Fiscalía General del Estado de Yucatán que realice investigaciones imparciales y desestime acusaciones que busquen inhibir la defensa de los derechos humanos.