Las nuevas disposiciones legales en Yucatán han establecido sanciones drásticas para quienes operen como asesores inmobiliarios sin licencia, una medida que busca frenar la informalidad en el sector y garantizar la seguridad jurídica de las transacciones inmobiliarias, de acuerdo con el Decreto del Gobierno del Estado y la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI).

Las multas para aquellos que no cuentan con la licencia correspondiente pueden oscilar entre 50 y 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En casos en los que la intermediación inmobiliaria implica una operación económica, las sanciones se agravan, alcanzando hasta el 5% del valor de la transacción, según el decreto estatal .

La ley también prevé medidas severas para los casos de infracciones recurrentes o graves. Los asesores inmobiliarios que incumplan la normativa podrán enfrentar la suspensión de su licencia por períodos que van de 30 a 360 días

En los casos más extremos, la autoridad competente podrá proceder a la revocación definitiva de la licencia, impidiendo a la persona o agencia continuar operando en el mercado inmobiliario. 

Estas disposiciones no solo buscan garantizar que los intermediarios inmobiliarios estén debidamente capacitados y acreditados, sino también proteger a los ciudadanos de posibles fraudes o malas prácticas.

“Conforme a la nueva Ley, los asesores inmobiliarios y agencias deberán observar, en la prestación de sus servicios de intermediación inmobiliaria, un comportamiento basado en principios y valores universales, tales como la honestidad, eficiencia, transparencia, rectitud y ética, evitando toda práctica que desacredite la actividad profesional”, afirmó Iván Cervera, presidente estatal de la AMPI.

La acreditación como tal será expedida por el Gobierno del Estado a través del Insejupy bajo la figura de la Licencia Tipo A. Asesor Inmobiliario Certificado o Licencia Tipo C. Asesor Inmobiliario Afiliado y está inscrita en el Registro Estatal de Asesores Inmobiliarios de Yucatán.

Lo destacable en ese sentido, continuó, es la creación de la Licencia de Asesor Inmobiliaria y el Registro Estatal de Asesores Inmobiliarios al que obligatoriamente debe obtener y registrarse cualquier persona que quiera asesorar o participar como intermediador en una operación de compraventa o renta de inmuebles.

“Es un gran paso para Yucatán, ya que la aprobación de dicho registro de asesores inmobiliarios es un filtro más de seguridad para quienes hoy buscan invertir en un patrimonio”, dijo el directivo al resaltar la trascendencia del marco legal que permita dar certeza jurídica a la compra venta de bienes inmuebles.

“Esto garantiza que el asesor que los represente ha cumplido con una serie de lineamientos tales como horas de capacitación, aprobación de exámenes en materia inmobiliaria, y cumplimiento de obligaciones fiscales, entre otros, que lo facultan para poder dar una asesoría profesional y adecuada”, agregó el asesor empresarial.

“Esta legislación redimensiona la asesoría inmobiliaria en Yucatán y su aprobación y puesta en vigor es el resultado de nuestra participación directa con el Ejecutivo en la redacción de la iniciativa aprobada en unanimidad por los legisladores”, indicó

Estas nuevas disposiciones legales, aseguró Iván Cervera, son fruto de varios años de trabajo y esfuerzo conjunto de especialistas en el medio inmobiliario, de la sociedad civil, las autoridades y también de AMPI, que marca un hito en la profesionalización del sector inmobiliario al establecer la creación de un registro de asesores inmobiliarios y la obligatoriedad de obtener una licencia para ejercer esta profesión.

Aseguró que la asociación ha trabajado con las autoridades para asegurar que los asesores inmobiliarios en Yucatán estén debidamente capacitados y cumplan con todas las regulaciones necesarias para ofrecer un servicio de alta calidad y seguridad a los ciudadanos.

El núcleo de esta nueva legislación es la obligatoriedad de que tanto los asesores inmobiliarios como las agencias cuenten con una licencia específica para operar legalmente en Yucatán. Existen tres tipos de licencias, cada una adaptada al tipo de actividad que desarrollan.

La Licencia Tipo A , conocida como Asesor Inmobiliario Certificado , está destinada a las personas físicas que ofrecerán servicios de intermediación inmobiliaria de manera profesional. Para obtenerla, los interesados ​​deben cumplir con una serie de requisitos, como la presentación de un certificado de competencias laborales en el área inmobiliaria, emitido por una entidad autorizada por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER). También deberá acreditar un mínimo de 50 horas de capacitación en su primer registro y, para su renovación, deberá demostrar la realización de 30 horas adicionales de formación en el último año de vigencia.

En el caso de las empresas, la Licencia Tipo B es obligatoria para las agencias inmobiliarias certificadas . Estas deberán asegurarse de que al menos uno de sus socios o accionistas, así como su representante legal, cuenten con la Licencia Tipo A vigente. Además, todo su personal de intermediación inmobiliaria deberá estar acreditado con una licencia, ya sea Tipo A o Tipo C , la cual se otorga a asesores en formación afiliados a la agencia.

Sanciones adicionales para facilitar actividades ilícitas

El marco normativo también penaliza a los asesores inmobiliarios y agencias que colaboran o facilitan las actividades de personas que no cuentan con la licencia correspondiente. Aquellos que ayuden a individuos no acreditados a operar como si lo estuvieran, o que simulen actos con la intención de engañar a clientes, podrán enfrentar multas que oscilarán entre 100 y 1000 veces el valor de la UMA , así como la posible suspensión de su licencia. , dependiendo de la gravedad del incumplimiento.

Estos buscan reforzar la transparencia en el sector inmobiliario y erradicar la figura del “asesor de facto” que opera sin los conocimientos y acreditaciones medidas necesarias, una situación que hasta ahora era común en diversas zonas del estado.

Aparte de las sanciones administrativas, los asesores y agencias inmobiliarias que cometan faltas serán responsables de los daños y perjuicios que causen por dolo o negligencia, además de enfrentar las correspondientes responsabilidades penales y civiles. Estas disposiciones añaden un nivel adicional de seriedad y compromiso en la prestación de los servicios inmobiliarios, buscando reducir prácticas fraudulentas o irresponsables que podrían afectar gravemente a los compradores o arrendatarios.

La ley establece un plazo de 180 días a partir de su publicación en el Diario Oficial del Estado para que el Registro Estatal de Asesores Inmobiliarios entre en funcionamiento. A partir de ese momento, los asesores y agencias tendrán otros 180 días para regularizar su situación y obtener las licencias correspondientes. 

Durante este período, el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial será responsable de expedir las licencias y actualizar permanentemente el registro.

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