El Ayuntamiento de Tizimín ha causado revuelo al aplicar el impuesto “Fruto civil”, que se trata del cobro de un 5% sobre el valor de la renta de un local comercial, lo más extraño, es que este impuesto no es nuevo, según las autoridades municipales, dicho cobro está sustentado en el artículo 40 de la ley de Hacienda del municipio de Tizimín y siempre había existido, pero no era aplicable.

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El alcalde Pedro Couoh Suaste explicó que el cobro de este impuesto es parte de los cambios que se hacen en la Comuna, así como en el Catastro, donde se realizó la digitalización en el sistema y hoy se cobra a los contribuyentes lo que debe ser, pues los dueños de algunos predios no reportaron que construyeron en sus casas y estaban como solares.

 

El edil precisó que se trata de un pago del 5% sobre el costo de la renta y se pide a los usuarios que acuden al Palacio a solicitar su licencia comercial. Se pide un contrato si en ese momento se percatan que está el establecimiento en renta y es ahí cuando se pide el pago anual de ese impuesto.

 

Aunque se exenta del cobro al contribuyente si ya pagó el impuesto predial y cubre la cantidad del “Fruto Civil”. En cambio, de no cubrir el 5 por ciento, se solicita la diferencia.

 

No todos los municipios lo aplican, pues hay quienes no lo incluyen en la ley de ingresos, aclaró el alcalde.

 

De hecho, añadió que es aplicable en el puerto de El Cuyo, pero aún no se empieza a cobrar y no está muy lejano que el Ayuntamiento lo haga

 

Otros alegan que ese pago debe ser mensual y no anual como lo cobra el Ayuntamiento, pues es posible que no todo el año se ocupe algún local y el dinero se le quede a la Comuna.

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