¿En qué va la solicitud de desafuero de “Alito” luego de que el PRI votó por dejar al Ejército en las calles?
¿En qué va la solicitud de desafuero de “Alito” luego de que el PRI votó por dejar al Ejército en las calles?

Con el pacto que se dio entre el PRI y Morena y sus aliados para extender hasta 2028 la presencia militar en seguridad pública, ¿te has preguntado qué pasará ahora con el desafuero de Alejandro Moreno, diputado federal y líder nacional del tricolor? Pues aquí te contamos.

¿En qué va la solicitud de desafuero de “Alito” luego de que el PRI votó por dejar al Ejército en las calles?

La solicitud de juicio de procedencia, es decir, que el Pleno se erija como jurado y vote por quitarle o no la inmunidad procesal a Alito, la hizo la Fiscalía de Campeche por suponerlo responsable del delito de enriquecimiento ilícito mientras fue gobernador de esa entidad.

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Esta solicitud la presentó la Fiscalía estatal el 16 de agosto ante la secretaría general de la Cámara de Diputados, pero quienes decidirán si las pruebas que se presentaron son lo suficientemente contundentes para que sea juzgado serán cuatro diputados que integran la Sección Instructora.

Es decir, ésta hará todas las diligencias que considere necesarias para determinar si las pruebas son suficientes para que ellos a su vez presenten al Pleno el dictamen para votar por la probable responsabilidad del priista.

Ni la Sección Instructora ni el Pleno de San Lázaro determinarán la culpabilidad o no de Alito, eso es atribución exclusiva de un juez, los legisladores decidirán si permiten que Alito deba someterse a juicio de autoridades judiciales.

La Sección Instructora recién se integró el 01 de septiembre con dos diputados de Morena, uno del PAN, y otro del PRI.

Pero será hasta el 27 de septiembre, como plazo máximo, que se instalará formalmente y conocerá de manera oficial la solicitud de desafuero contra Moreno Cárdenas.

Abrirá entonces un plazo de 30 días naturales dentro del cual recibirá las pruebas que ofrezcan el denunciante y el servidor público, así como las que la propia Sección estime necesarias.

Si al concluir ese plazo no recibió las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse otras, la Sección Instructora podrá ampliarlo en la medida que resulte estrictamente necesario.

Así que todavía faltan varias semanas para saber con certeza si Moreno Cárdenas podría, o no, ser juzgado por enriquecimiento ilícito.

 

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