A pesar del incremento del salario mínimo, la inflación impactará la capacidad adquisitiva de la clase obrera, a la que se le apuntala una complicada cuesta de enero, vaticinó Luis Renán Briceño Contreras, secretario general en Yucatán de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
“No vemos una situación fácil, vemos una inflación desatada que todos estamos sufriendo, entonces de que va a ser difícil -la cuesta de enero- sí, definitivamente”, sentenció.
Detalló que si bien esta situación económica es complicada de manera general; sin embargo, para hacer frente a este fenómeno, es necesario que el salario de las y los trabajadores esté por encima de los indicadores inflacionarios.
Con base en ello, indicó, al final del día será la ciudadanía quien experimentará y concluirá si los sueldos, ya con el ajuste al pago base, son suficientes o precarios.
Así pues, la cuesta de enero, que es la combinación entre el efecto inflacionario y los gastos excesivos de las fiestas decembrinas, podría repercutir severamente en los bolsillos de la población yucateca.
El representante sindical consideró que hay desigualdad en los pagos en la entidad, pues, los sueldos en Yucatán están por debajo comparados con otros estados mexicanos.
No obstante, agregó, la creación de empleos formales es continua e incluso está consolidada.
En ese sentido, el líder sindical informó que hasta la fecha no tiene conocimiento de despidos masivos o cierres de empresas.
BONOS
Briceño Contreras dio a conocer que hasta el momento no hay reportes relacionados con el atraso en los pagos de los aguinaldos para los diferentes trabajadores de la entidad.
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Recordó que esta prestación es obligatoria y la parte patronal debe otorgarla a más tardar este martes.
Reiteró que la mayoría de las empresas ha pagado y que de parte de las personas agremiadas a la CTM no han tenido problemas con el pago oportuno de los aguinaldos.
Cabe recordar que, según el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el otorgado por concepto de aguinaldo es, por lo menos, correspondiente a 15 días de salario.
Aplica para empleados de base, sindicalizados, de confianza, contratados por comisión, agentes de comercio, vendedores, entre otros que tengan un contrato regido por dicha legislación.
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