La reforma laboral que reduce de manera paulatina la jornada a 40 horas semanales garantizará dos días de descanso en la jornada laboral, confirmó el titular de la Secretaría del Trabajo al anunciar que el decreto será publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación.
Durante su explicación, el secretario del Trabajo, Marath Bolaños, precisó que por cada seis días laborados las personas trabajadoras deberán disfrutar, al menos, de un día de descanso con goce de salario íntegro, derecho que se amplía cuando se cumple una jornada ordinaria de ocho horas diarias.
Jornada laboral y derecho al descanso garantizado
El funcionario subrayó que la jornada ordinaria de ocho horas al día permite asegurar dos días de descanso, lo que representa un avance en el reparto del tiempo de trabajo y en la construcción de jornadas laborales dignas.
“Si trabajas ocho horas al día deberás tener dos días de descanso asegurados”, afirmó, al señalar que con esta reforma se hace efectivo un mayor tiempo de descanso y se fortalece el equilibrio entre vida laboral y personal.
Nuevo esquema de horas extra a partir de la hora 41
Con la implementación total de la jornada de 40 horas, prevista para el año 2030, el pago de horas extras comenzará a contabilizarse a partir de la hora 41. Este cambio redefine el esquema vigente y establece reglas claras para evitar excesos en el tiempo de trabajo.
Además, se confirmó la prohibición expresa del trabajo de tiempo extra para menores de edad, reforzando la protección laboral en este sector.
Beneficios para trabajadores de sectores clave
De acuerdo con la información presentada, la reforma laboral beneficiará al 63.9% de las personas trabajadoras que actualmente laboran entre 41 y más de 58 horas a la semana. Entre los sectores con mayor impacto se encuentran la industria manufacturera, el comercio, los servicios de hospedaje, la preparación de alimentos y bebidas, así como el transporte, correos y almacenamiento.
Este ajuste busca reducir jornadas excesivas y mejorar las condiciones laborales en actividades con alta carga de trabajo.
Jornada extraordinaria con límites claros
En el caso de la jornada extraordinaria, se estableció que esta deberá ser voluntaria. La Ley Federal del Trabajo fija ahora un tope máximo de cuatro horas triples, límite que antes no existía y que permitía jornadas que superaban las 57 o 58 horas semanales.
Con esta modificación, se elimina la posibilidad de horas extra ilimitadas y se avanza hacia un esquema más regulado y protector para las personas trabajadoras.

