Un grupo de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) renunciará a sus cargos, con efecto al 31 de agosto de 2025, para preservar su jubilación vitalicia.
De acuerdo con fuentes consultadas, la mayoría de integrantes del Alto Tribunal acatarían el séptimo transitorio de la reforma judicial, vigente desde el pasado 16 de septiembre.
La Constitución les exige que al presentar su declinación a participar en la elección para sus cargos de 2025, deben renunciar y quedarse a trabajar hasta finales de agosto del próximo año, si desean preservar su haber de retiro.
“Las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección extraordinaria del año 2025, no serán beneficiarias de un haber por retiro, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria señalada en la fracción I del artículo 96 de este Decreto, misma que tendrá efectos al 31 de agosto de 2025; en estos casos, el haber de retiro será proporcional al tiempo de su desempeño”, indica la reforma judicial.
A su vez, el ministro Juan Luis Alcántara presentó hoy una propuesta de sentencia en la pretende anular parcialmente la reforma judicial y dejar intocada la elección de ministros de la SCJN, por lo que su declinación y renuncia es un requisito indispensable para preservar su jubilación vitalicia.
Las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres han expresado públicamente su deseo de competir en la próxima elección, por lo que, de confirmarse su decisión, tendrían pase directo a la boleta y no tendrían que renunciar.

Este martes se vence el plazo para que los ministros comuniquen al Senado si declinan o participan en la elección judicial de 2025 y el 24 de noviembre es la fecha máxima para que presenten su renuncia con efectos a agosto de 2025.
La información es que ocho ministros acatarían esos preceptos de la reforma judicial y presentarían su renuncia, con lo que tendrían garantizado su haber de retiro.
Un caso aparte es el del ministro Luis María Aguilar Morales, quien termina su periodo en la Corte el próximo 30 de noviembre, pero la reforma señala que no recibirán haber de retiro quienes concluyan su cargo antes del cierre de la convocatoria.
El beneficio de recibir una jubilación “no será aplicable a las y los ministros en funciones a la entrada en vigor de este Decreto cuyo nombramiento original concluya antes de la fecha de cierre de la convocatoria respectiva, en cuyo caso se ajustarán a los términos de este Decreto”.
El nombramiento del ministro Aguilar Morales concluye el 30 de noviembre, seis después del cierre de inscripciones de aspirantes a la Corte, por lo que la reforma judicial y sus leyes secundarias dejaron ese vacío para determinar qué pasaba con los ministros que concluyen su encargo unos días después del cierre de la convocatoria.

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