por Miriam Castillo

El derecho a la vivienda es uno de los que se dan por sentado y es uno de los que mayor complejidad tiene para hacerse valer.

También es uno de los más necesarios para garantizar muchos otros. El derecho a la educación, a la salud, por ejemplo, tienen muchas dificultades para hacerse valer sin una vivienda.

Muchas veces la posibilidad de garantizar un derecho va de la mano con otro y se suceden en cadena o en una relación muy estrecha, de ahí la importancia de garantizarlos.

Un grupo de víctimas de despojos y desalojos lo sabe bien. Tienen claro lo que es quedarse fuera de casa con la poca posibilidad de ser restituidos en un proceso legal. Saben que es más difícil pelear fieramente si una de las preocupaciones será donde pasar la noche y cómo recuperar parte del patrimonio que de un día para otro no tiene donde resguardarse.

De ahí la importancia de todas las discusiones que tienen que ver con garantizar el derecho a la vivienda. Una de las cuales se va a llevar a cabo este lunes en la Suprema Corte de Justicia.

Los colectivos destacaron la discusión de la propuesta hecha por la ministra María Estela Ríos, donde propone reconocer la validez de una reforma que se hizo al artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de CDMX, y establece que un desalojo bajo mandato judicial no se considera forzoso.

El debate sobre la validez de la ley tiene una historia que puede ilustrar la dinámica que hay en los poderes en la Ciudad.

El 19 de febrero de 2019 se publicó la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México. En el artículo 60 se incluían algunos lineamientos para garantizar el derecho a una vivienda adecuada.

Establecía que los desalojos podían llevarse a cabo sólo en casos excepcionales. Incluía la posibilidad de indemnizaciones si había violaciones, restringía la posibilidad de utilizar la fuerza, e incluso la obligación de las autoridades a facilitar la reubicación de las personas.

Pero el texto de esa reforma, a pesar de haber sido aprobado por el Congreso de la Ciudad, duró poco. Los colectivos denuncian presiones de compañías inmobiliarias que consideraban que se ponía en riesgo la propiedad privada.

En junio de 2019 se publicó la reforma a ese artículo y el texto entonces ya solo se establecía que nadie podía ser desalojado sin una orden judicial. Se borraron las garantías de no discriminación, así como las posibilidades de indemnización y reubicación.

Por considerar que se echaban atrás algunas garantías de derechos humanos, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México interpuso un recurso de inconstitucionalidad que es el que se discute ahora. Sin embargo, la ministra María Estela Ríos propone en el proyecto que la reforma permanezca.

El problema en la discusión es que se sentaría un antecedente en el que cuando los derechos no son cómodos para todos, podemos dejar de cuidarlos.