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La plataforma de movilidad Uber logró una victoria judicial histórica que le permite operar legalmente en los aeropuertos de México, poniendo fin a más de una década de conflictos, restricciones y multas que enfrentaban sus conductores en zonas federales.

La resolución judicial clave

El 27 de octubre de 2025, la Jueza Decimotercera de Distrito en Materia Administrativa, Blanca Lilia Ochoa, concedió una suspensión definitiva a Uber que prohíbe a la Guardia Nacional detener a los conductores que realicen viajes generados mediante la aplicación en los más de 70 aeropuertos del país. Esta medida cautelar estará vigente mientras se resuelve de fondo el juicio de amparo promovido por la empresa.

La resolución establece que los socios conductores de Uber pueden recoger y dejar pasajeros en las zonas federales de los aeropuertos sin riesgo de ser detenidos, sancionados o multados por autoridades federales. Según la determinación judicial, es ilegal detener a los conductores cuando se encuentran dejando o recogiendo usuarios en los aeropuertos de México.

Contexto: años de prohibiciones y multas millonarias

Durante más de una década, Uber y otras plataformas de transporte digital enfrentaron severas restricciones para operar en aeropuertos mexicanos. En junio de 2022, el gobierno federal estableció una prohibición explícita para que aplicaciones como Uber, Didi, Cabify y Beat operaran en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), imponiendo multas de hasta 43,000 pesos a los conductores que prestaran el servicio en la zona federal.

Las autoridades argumentaban que los aeropuertos son espacios federales exclusivos para taxis concesionados que cuentan con permisos especiales otorgados por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). Los conductores de plataformas digitales enfrentaban detenciones, confiscación de vehículos y multas que superaban los 62,000 pesos cuando se incluían los costos del corralón.

Alcance y aplicación de la nueva medida

La suspensión definitiva aplica a todos los aeropuertos federales del país, incluyendo terminales clave como el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), el Aeropuerto Internacional de Guadalajara (Miguel Hidalgo y Costilla) y el Aeropuerto Internacional de Monterrey (General Mariano Escobedo).

Es importante destacar que la suspensión solo aplica a conductores de Uber que estén realizando un viaje activo a través de la aplicación. No autoriza a los conductores a permanecer en las inmediaciones de las terminales en espera de pasajeros, sino únicamente a realizar trayectos previamente solicitados mediante la app.

Llamado a la legislación y precedente legal

Uber instó a las autoridades federales a acatar la suspensión definitiva y solicitó al Congreso de la Unión que legisle sobre el acceso de las plataformas de transporte a los aeropuertos federales para "mejorar el ecosistema turístico nacional e internacional". La empresa reafirmó que las plataformas deben tener acceso a los aeropuertos para eficientar la movilidad en estos espacios, que considera "la carta de presentación de México hacia el mundo".

La resolución judicial representa un precedente legal que podría redefinir la regulación del transporte en aeropuertos y abrir el camino para que otras plataformas como Didi o Cabify soliciten condiciones similares. Sin embargo, actualmente la suspensión aplica únicamente a Uber, no beneficiando a otras aplicaciones de transporte