Hoy 17 de marzo de 2025, miles de personas en México disfrutan de un día libre debido a un feriado nacional que se traslada cada año.

Aunque el Natalicio de Benito Juárez es el 21 de marzo, el día festivo se recorre al tercer lunes del mes como parte de la Ley Federal del Trabajo, que busca fomentar fines de semana largos y el turismo.

¿Qué se conmemora hoy?

El feriado de hoy honra el nacimiento de Benito Juárez, expresidente de México y figura clave en la defensa de la soberanía nacional. Juárez nació el 21 de marzo de 1806 en Guelatao, Oaxaca, y es recordado por su lucha por la Reforma y el establecimiento del Estado laico.

“Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz”, es una de sus frases más emblemáticas, que aún resuena en la vida pública del país.

¿Qué servicios permanecen cerrados hoy?

Como es costumbre, varios servicios se ven modificados este lunes feriado.

  • Bancos: Las sucursales bancarias permanecen cerradas, aunque los cajeros automáticos y servicios digitales continúan operando con normalidad.
  • Oficinas gubernamentales: Dependencias federales, estatales y municipales suspenden actividades, excepto aquellas relacionadas con servicios esenciales.
  • Escuelas: Instituciones educativas públicas y privadas no laboran este día.

¿Por qué se recorre la fecha?

El tercer lunes de marzo se estableció como la fecha para conmemorar este feriado gracias a las reformas laborales impulsadas para generar puentes vacacionales.

Esta medida pretende beneficiar tanto a los trabajadores como al sector turístico, al extender los fines de semana y permitir viajes o actividades familiares.

¿Cuánto se recibe por laborar en un día de descanso obligatorio?


Las personas que trabajen en un día de descanso oficial deben recibir, además de su salario correspondiente a ese día, un pago adicional equivalente al doble de su salario diario, es decir, obtendrán el equivalente a tres salarios diarios en total.

Asimismo, si el día de descanso obligatorio coincide con un domingo, la empresa debe pagar también la prima dominical, conforme lo establece el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, según señala la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.


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