Un nuevo decreto estatal que modifica la Ley del Catastro de Yucatán promoverá un control más estricto para quienes tienen a su cargo la actualización y manejo del padrón catastral y establece sanciones por corrupción u omisión contra servidores públicos encargados de gestionar esta información clave. 

Uno de los principales cambios que introduce esta reforma es la definición de responsabilidades y sanciones para los funcionarios, con la que se previene la corrupción y las omisiones en la administración de bienes inmuebles.

El nuevo capítulo, titulado “De las responsabilidades de los servidores públicos”, subraya que cualquier incumplimiento de los deberes por parte de los funcionarios estará sujeto a sanciones administrativas, que pueden ir desde amonestaciones hasta inhabilitaciones temporales o definitivas

Esta normativa establece  un sistema que almacena la información de todos los predios del estado, vital para la correcta planificación territorial y la recaudación fiscal.

Uno de los puntos clave del decreto es la supervisión rigurosa sobre los actos de los servidores públicos. 

Antes de su implementación, el manejo de los registros catastrales podía ser susceptible a manipulaciones o a la falta de actualización, ya que no existían mecanismos claros para sancionar a quienes cometieron omisiones o alteraciones en los datos. 

Ahora, el artículo 57 establece que el mal manejo de la información catastral será sancionado, especialmente en casos donde los funcionarios no actualicen los registros tras modificaciones en los predios o hagan un uso indebido de la información.

El hecho de que los servidores públicos puedan enfrentar sanciones administrativas o incluso acciones penales en casos de corrupción evitará prácticas como la falsificación de datos catastrales, que favorecía a ciertos propietarios o intereses privados en detrimento del interés público. 

Asimismo, con la interoperabilidad que ahora se exige entre instituciones como el Registro Público de la Propiedad y el Archivo Notarial, se garantiza un cruce de datos más eficiente, lo que facilita la detección de irregularidades.

Antes de la aprobación del decreto, existían vacíos legales y operativos que facilitaban la corrupción y las omisiones en la gestión catastral. 

El sistema no contaba con un marco legal que definiera claramente las responsabilidades de los servidores públicos, lo que abría la puerta a la negligencia y a la manipulación de los datos. 

Los controles eran limitados y la actualización del padrón catastral dependía en gran medida de la acción voluntaria de los propietarios, lo que dificultaba la precisión y transparencia en la gestión de los bienes inmuebles.

Además, la interoperabilidad entre instituciones como el catastro y el Registro Público de la Propiedad era limitada, lo que generaba inconsistencias en los registros. Esto permitía que los errores o alteraciones en los datos pasaran desapercibidos, fomentando actos de corrupción como la asignación de valores incorrectos o el registro de predios en ubicaciones erróneas.

El decreto, al establecer sanciones claras para los servidores públicos, busca eliminar estas prácticas. Por ejemplo, un funcionario que omita actualizar la información de un predio tras una venta o modificación estará incurriendo en una falta que puede ser sancionada. Asimismo, la falsificación de datos, como asignar valores catastrales incorrectos o manipular la ubicación de un predio, será investigada y sancionada.

El Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán jugará un papel crucial en la implementación y supervisión de estas reformas. 

Este organismo será el encargado de garantizar que cualquier irregularidad en la información catastral sea detectada y corregida a tiempo, mediante visitas de inspección y la verificación constante de los datos en el padrón. 

En los casos más graves, las irregularidades serán denunciadas ante la Procuraduría de Justicia Ambiental y Urbana, que podrá emprender acciones legales.

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