CIUDAD DE MÉXICO, septiembre 30 (EL UNIVERSAL).- Después de la aprobación de las llamadas “vacaciones dignas” de 12 días, ahora los empleados esperan la aprobación del doble aguinaldo, que también busca el beneficio de los trabajadores.
El diputado de Morena, Manuel Baldenebro, presentó la iniciativa con la que los patrones deberían de pagar ya no 15 días, sino 30 de salario a sus trabajadores.
Para que esto se logre, se debe modificar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que justamente regula el pago del aguinaldo para los empleados.
Aguinaldo de 30 días de salario, ¿en 2023?
La iniciativa del diputado morenista fue propuesta hace unos días, pero la comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados no fue incluida en el programa de ese órgano legislativo.
En el caso de que la comisión la aprobara, la iniciativa del doble aguinaldo para trabajadores tendría que pasar al pleno, ser aprobada por mayoría en la Cámara de Diputados y ser enviada al Senado para continuar su proceso legislativo.
Ante ello, es muy escaza la posibilidad de que los trabajadores reciban el pago doble, es decir de 30 días de su salario, en la Navidad del 2023. Además, es necesario señalar que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) realizó algunas advertencias respecto a dicha iniciativa.
Advierten impactos por doble aguinaldo para trabajadores
“Todavía no termina de impactar el tema del aumento de días de vacaciones para las empresas, cuando hay en el tintero cinco iniciativas de reforma laboral entre las que se incluye aumentar el aguinaldo”, dijo el presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social, José Manuel Etchegaray.
En conferencia de prensa, precisó que, para el caso de la gratificación de fin de año, se han presentado ante el Congreso de la Unión, tres iniciativas de reforma en las que se propone incrementar de 15 a 30 días el aguinaldo.
Dijo que estas propuestas, si bien tienen una probabilidad cercana al 34% de ser aprobadas, representarían una carga importante en la nómina por gastos en la seguridad social como mínimo del 20% y un máximo del 25%
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