En riesgo, especies de fauna por proyecto

Pese a que la Semarnat rechazó en 2006 el proyecto inmobiliario Paraíso Sisal, ubicado en el municipio de Hunucmá, los empresarios, quienes tienen fuertes inversiones en el ramo restaurantero en Mérida y Cancún, continúan la promoción a posibles compradores, con incentivos como la caza de aves acuáticas en las inmediaciones.

En riesgo, especies de fauna por proyecto

De acuerdo con el resolutivo, que data de hace 17 años, se establece que “el área donde pretende desarrollarse el proyecto, se encuentra dentro de las zonas de anidación de tortuga marina y áreas de reforestación incluidas en el

Programa de Protección de Tortuga Marina y el Programa de Restauración de Duna Costera y Manglar”.

Por tal motivo, se rechazó la Manifestación de Impacto Ambiental en el predio ubicado en la Reserva El Palmar.

Se destaca que en el estudio se registraron nueve especies de fauna incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, entre ellas el Tamandua mexicana (un tipo de oso hormiguero) y el Leopardus wiedii, ambas en peligro de extinción, aunado a que se señala que las playas colindantes son sitio de anidación de la tortuga Carey (Eretmochelys imbricata), especie que está catalogada también en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Además, no se consideró tampoco el daño que el desarrollo inmobiliario causaría a varios tipos de manglares en la zona protegida, por lo que señala que “el promovente no presentó información concreta, objetiva y evidente para conocer el grado de afectación que se estaría ocasionado en el ecosistema”.

Destaca que los promoventes son empresarios restauranteros, con inversiones en Mérida y Cancún, quienes no aportaron “prueba documental suficiente para tener conocimiento sobre la presencia de todas las especies de flora y fauna silvestre amenazadas, en peligro de extinción, sujetas a protección especial y endémicas para el sitio de interés, por lo que no es factible determinar la situación ni afectación que se pueda dar al ecosistema, incumpliendo de esta manera lo establecido en el Artículo 44 fracción 11 del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Lgeepa)./REDACCIÓN

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