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Estiman boom en comercios por adelanto de aguinaldos

Un panorama de grandes expectativas para este fin de semana es lo que tiene el sector comercial ya que se espera que a la mayoría de los trabajadores les pagarán sus aguinaldos, así lo dio a conocer el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) en Mérida, Iván Rodríguez Gasque.

“La realidad es que sabemos que los aguinaldos tienen una fecha límite de pago que es el 20 de este mes, pero muchos patrones pagan la quincena anterior, entonces la gran mayoría de esta prestación se estaría pagando jueves 15, viernes 16 o sábado 17”, indicó.

El líder empresarial consideró que derivado a esta posibilidad de pago de aguinaldos pueda ser por mucho uno de los mejores fines de semana para el sector comercial.
El presidente de la Conaco en Mérida recordó que la meta para el cierre de año es captar unos 14 mil 300 millones de pesos por el movimiento comercial que derivará el pago de aguinaldos. Detalló que esta cantidad esperada es 6% mayor comparado con el 2019, año prepandémico.

“Recordemos que hay negocios que pueden alcanzar a vender entre 5 o 6 meses de sus ventas en un solo mes, entonces, diciembre es el más importante por mucho para cualquier comercio”, señaló.

El líder empresarial dijo que los artículos que tradicionalmente más se venden en esas fechas son la ropa, calzado, electrónicos como teléfonos celulares y juguetes.

Comentó que esperan que esta actividad se extienda al comercio electrónico ya que, así como se observa a las personas en los establecimientos convencionales, también hay muchos que compran tarjetas de regalo para sus seres queridos.

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Finalmente, el presidente de Canaco en la capital del estado hizo un llamado a medirse al momento de comprar los regalos para estas fechas, esto a fin de no cargar deudas que al final del día sean una carga económica durante el próximo año.

El monto otorgado por concepto de aguinaldo es, por lo menos, correspondiente a 15 días de salario y debe entregarse antes del 20 de diciembre, establece el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Esta prestación aplica para empleados de base, sindicalizados, de confianza, contratados por comisión, agentes de comercio, vendedores, entre otros que tengan un contrato regido por dicha legislación.

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